BASES LEGALES DE LA PROMOCIÓN “IBIZATE 2026” DE PLOOM
PRIMERA.- Compañía organizadora
La compañía organizadora de esta promoción, denominada “Ibízate 2026” es JT International Iberia S.L.U. (en adelante, “JTI”). JTI encarga la gestión y desarrollo de la actividad promocional a la agencia Darwin & Verne (en adelante, la “Agencia”). Los participantes pueden ponerse en contacto con JTI a través de su servicio de atención al consumidor en el teléfono 900 927 700.
SEGUNDA.- Periodo promocional
La promoción se desarrollará de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales durante el periodo comprendido entre el 6 de julio de 2026 y el 21 de julio de 2026, ambos inclusive (en adelante, el “Periodo Promocional”).
Las solicitudes de participación recibidas fuera de dicho periodo no serán admitidas.
Si por causas de fuerza mayor fuera necesario aplazar, modificar, anular o repetir las condiciones de la promoción, JTI se lo comunicará a todos los participantes, garantizando que la modificación reciba el mismo nivel de publicidad que las presentes bases.
TERCERA.- Finalidad
La presente promoción está dirigida exclusivamente a los miembros del Ploom Club, con la finalidad de premiar su fidelidad. Se consideran miembros aquellos usuarios que se hayan registrado como miembros del referido Club en www.ploom.es y hayan aceptado expresamente formar parte del mismo (en adelante, los “Miembros”).
CUARTA.- Ámbito territorial
La promoción será válida únicamente en el territorio de las Islas Canarias.
Únicamente podrán participar los miembros del Ploom Club residentes en cualquiera de las Islas Canarias.
QUINTA.- Gratuidad
La presente promoción tendrá carácter gratuito, de tal manera que para la obtención de los premios no será necesario ningún desembolso.
SEXTA.- Legitimación para participar
Podrán participar en la promoción todas aquellas personas físicas que:
- Sean mayores de 18 años.
- Sean residentes en las Islas Canarias.
- Sean miembros del Ploom Club.
- Cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases legales.
No podrán participar los empleados de JTI, de la Agencia ni aquellas personas que hayan participado directa o indirectamente en la organización o ejecución de la promoción, así como sus familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad.
SÉPTIMA.- Mecánica de la promoción y premios
7.1. Mecánica de la promoción
Durante el Periodo Promocional, los miembros que deseen participar deberán acceder a la encuesta facilitada por JTI a través de correo electrónico y/o mediante la landing page habilitada para la promoción y cumplimentar correctamente los datos solicitados.
Entre los datos requeridos podrán encontrarse:
- Nombre y apellidos.
- Dirección de correo electrónico.
- Confirmación de pertenencia al Ploom Club.
- Respuestas a la encuesta.
El día 22 de julio de 2026 se realizará un sorteo online mediante selección aleatoria entre todos los participantes válidamente inscritos.
La selección se efectuará mediante la asignación de un número identificativo (ID) a cada participante legitimado y su posterior extracción aleatoria a través de una plataforma de selección aleatoria que garantice la igualdad de oportunidades y la aleatoriedad del proceso.
Se designarán:
- Un (1) ganador.
- Dos (2) suplentes.
7.2. Descripción del premio
El premio consistirá en un (1) viaje doble a Ibiza, para disfrutar entre los días 22 y 24 de agosto de 2026, e incluirá para el ganador y su acompañante:
- Vuelos de ida y vuelta en clase económica desde las Islas Canarias hasta Ibiza.
- Facturación de equipaje incluida.
- Dos (2) noches de alojamiento en un hotel de cinco (5) estrellas.
- Desayuno incluido.
- Acceso VIP a experiencias y eventos exclusivos organizados por Ploom.
- Acceso a experiencias y eventos exclusivos en colaboración con Ushuaïa Ibiza.
- Otras actividades y experiencias que JTI pueda organizar dentro del programa de la experiencia.
El acompañante deberá ser un fumador adulto y mayor de 18 años.
El premio no incluye gastos personales, traslados no especificados, consumiciones adicionales ni cualquier otro concepto no expresamente indicado en esta cláusula.
7.3. Entrega de los premios
Una vez realizado el sorteo, la Agencia contactará con el ganador mediante correo electrónico en un plazo máximo de un (1) día hábil.
Con la finalidad de verificar la validez de la participación y gestionar la entrega del premio, el ganador deberá facilitar:
- Fotografía o copia de su DNI o pasaporte en vigor.
- Número de teléfono de contacto.
- Carta de aceptación del premio.
Los ganadores dispondrán de cinco (5) días hábiles desde la recepción de la comunicación para aceptar expresamente el premio y remitir la documentación solicitada.
En caso de:
- No poder contactar con el ganador.
- No recibir respuesta dentro del plazo indicado.
- No cumplir los requisitos de participación.
- Rechazar expresamente el premio.
El premio pasará al suplente correspondiente.
Si ninguno de los suplentes pudiera resultar adjudicatario, el premio quedará desierto.
Una vez aceptado el premio, la Agencia coordinará con el ganador todos los detalles logísticos necesarios para el disfrute de la experiencia.
Todos los premios son personales e intransferibles y no podrán ser canjeados por dinero ni por otros bienes o servicios.
OCTAVA.- Protección de datos personales
8.1. Identidad y datos de contacto del responsable del tratamiento
Los datos personales que se faciliten en el marco de la promoción serán tratados por JTI. Para cualquier duda en materia de protección de datos, los participantes podrán contactar con JTI a través de la dirección de correo electrónico: datos-personales@jti.com o en virtud de carta dirigida a JTI, en Paseo de la Castellana, 66, 28046, de Madrid, a la atención del Departamento Legal.
8.2. Datos personales tratados en la promoción
Durante la promoción, a efectos de identificación del miembro en el sistema de JTI como participante, JTI necesita tratar su nombre y apellidos y dirección de correo electrónico.
No obstante lo anterior, en los casos en los que los Miembros hayan resultado ganadores, se solicitará, adicionalmente, foto del DNI o pasaporte, número de teléfono y carta de aceptación del premio.
Para el desarrollo de la promoción, JTI no tratará datos personales del acompañante del ganador. En todo caso, el acompañante deberá ser mayor de 18 años.
8.3. Finalidades y bases de legitimación
JTI podrá tratar los datos personales que pudieren recabarse de conformidad con lo dispuesto en el apartado 8.2. anterior con la finalidad de desarrollar la promoción y responder a cualquier consulta relacionada con la misma, así como, en su caso, atender eventuales reclamaciones.
El tratamiento de los datos personales se considera legítimo al ser necesario para la ejecución de la relación contractual generada al aceptar las presentes bases legales y participar en el sorteo.
8.4. Conservación de los datos personales
Los datos de los participantes se conservarán únicamente hasta la verificación de que cumplen los requisitos para participar en el sorteo o hasta que el participante retire su consentimiento, en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento previo a su retirada. Una vez realizada dicha comprobación, los datos de aquellos que no resulten ganadores ni suplentes serán eliminados o, en su caso, bloqueados durante un plazo de 6 meses para atender posibles reclamaciones. Transcurrido este periodo, serán eliminados de forma definitiva.
Los datos de los ganadores y suplentes se conservarán hasta la entrega y aceptación del premio o hasta que el consumidor retire su consentimiento, en cualquier momento, sin que ello afecta a la licitud del tratamiento previo a su retirada. Posteriormente, se mantendrán bloqueados durante un plazo de 6 meses, para el cumplimiento de obligaciones legales y la atención de posibles responsabilidades derivadas de su tratamiento.
8.5. Medidas de seguridad
JTI tratará los datos personales de manera absolutamente confidencial. Asimismo, declara haber implantado medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar su seguridad y evitar su destrucción, pérdida, acceso ilícito o alteración ilícita. A la hora de determinar estas medidas, se han tenido en cuenta criterios como el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, el estado de la técnica y los riesgos existentes.
8.6. Derechos de los participantes
El participante podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación al tratamiento de sus datos, así como retirar su consentimiento en cualquier momento (sin que ello afecte a la licitud del tratamiento previo a su retirada) de conformidad con lo establecido en la normativa vigente, dirigiéndose a JTI a través del correo electrónico datos-personales@jti.com o a través de carta dirigida a JTI, en Paseo de la Castellana, 66, 28046, de Madrid, a la atención del Departamento Legal.
La solicitud deberá contener el contenido mínimo previsto en la normativa aplicable. Si la solicitud no reúne los requisitos especificados, JTI podrá requerir su subsanación. No se exigirá contraprestación alguna por el ejercicio de los derechos. Asimismo, en el caso en el que el Miembro participante considere que JTI ha tratado sus datos personales infringiendo la normativa, dispone del derecho de presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos o autoridad de control correspondiente.
8.7. Destinatarios de los datos personales
JTI no comunicará sus datos personales a terceras entidades. Si bien, sus datos serán accesibles por terceros que prestan servicios a JTI relacionados con la ejecución de la promoción como encargados del tratamiento. En concreto: [Denominación social de la Agencia organizadora].
No se producirán transferencias internacionales de sus datos personales a terceros países.
NOVENA.- Consideraciones de carácter tributario
De conformidad con el artículo 101.7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el artículo 75.2 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, podrán estar sujetos a retención o ingreso a cuenta los premios que se entreguen por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios. El importe de la retención será el vigente en el momento de la entrega del premio.
JTI se hará cargo, en estos casos, del importe correspondiente al ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre el valor de dicho premio. Sin embargo, corresponde a cada premiado incorporar tanto el valor del premio como el del ingreso a cuenta no repercutido en su Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
JTI advierte a los ganadores que, dependiendo de su nivel de renta, la incorporación del valor del premio y del ingreso a cuenta a su declaración podría suponer un incremento en los impuestos que tengan que pagar por IRPF.
DÉCIMA.- Aceptación de las bases legales
Se informa a los posibles participantes que el simple hecho de participar en la presente campaña promocional implica la aceptación expresa y sin reservas de las presentes bases legales, así como la sumisión a las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe JTI.
JTI se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la campaña promocional.
Igualmente, JTI podrá, en el caso de detectar un uso fraudulento en la campaña promocional, modificar las presentes bases legales en aquellas disposiciones que fueran pertinentes para lograr el correcto funcionamiento de la misma.
JTI se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sucesivos sobre su mecánica y premios siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes y se comuniquen a éstos debidamente. Dichas modificaciones se comunicarán a través de correo electrónico.
Esta campaña promocional se rige por la legislación vigente en España y por las presentes bases.